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Principios para constituirse
como Fondo. Modelo de Fondo
Los Fondos que conforman la Confederación de
Fondos de Cooperación y Solidaridad han establecido una serie
de puntos que definen el modelo de Fondo de Cooperación que
reconocen como tal. Estas características deben ser compartidas
por todos los Fondos y constituyen una suerte de "decálogo"
de obligado cumplimiento para los organismos que quieran
ser considerados como Fondo e integrarse en la Confederación:
1. ENTIDAD AUTÓNOMA LEGALMENTE CONSTITUIDA
SIN ÁNIMO DE LUCRO (asociación o consorcio).
2. ÁMBITO TERRITORIAL: debe nacer en una determinada
comunidad, con una identidad propia, de forma que ese marco sea
el ámbito de referencia unitaria del municipalismo, con toda
la especificidad que ello comporta. Consecuente con esto, el área
territorial de presencia del Fondo debe ser, en el caso del actual
Estado español, como mínimo el de una comunidad autónoma
o país (excepto las realidades derivadas de la insularidad
geográfica). En lo que se refiere al nivel europeo, se contemplará
el ámbito de las regiones.
3. MIEMBROS: integrada mayoritariamente por
administraciones públicas locales, y también administraciones
públicas, sin exclusiones apriorísticas (base política
plural). Su adhesión al Fondo será acordada por el
Plenario de cada organismo por tiempo indefinido.
4. OBJETO: constitución y gestión
de un fondo económico destinado a financiar proyectos e iniciativas
de solidaridad.
5. OBJETIVOS ESTATUARIOS COMUNES:
- Contribuir al desarrollo de los países del
Tercer Mundo mediante la constitución y la gestión
de un fondo económico, que posibilite una cooperación
descentralizada y que promueva un desarrollo sostenible.
- Administrar y gestionar los fondos económicos
entregados al Fondo para proyectos de ayuda al Tercer Mundo y
campañas de sensibilización sobre cooperación
al desarrollo.
- Fomentar y apoyar los esfuerzos de las instituciones
oficiales, entidades y asociaciones, para crear un clima de opinión
favorable a la promoción de un nuevo orden económico
internacional.
- Estimular la participación ciudadana, mediante
campañas e informaciones adecuadas, en los proyectos de
cooperación con el Tercer Mundo.
- Colaborar para que sea una realidad la destinación
mínima del 0,7% del producto interior bruto en la ayuda
pública a los países subdesarrollados, según
los acuerdos de las Naciones Unidas suscritos por el Estado español.
- Ser una voz ética colectiva que denuncie
cualquier situación que atente de manera grave contra los
derechos humanos en los países del sur y que pueda presentar
propuestas de ley y propuestas de resolución en favor de
la solidaridad y la cooperación en cualquier ámbito
de representación política.
6. IMPLANTACIÓN: contar con apoyos necesarios
dentro del mundo local, procurando el acercamiento y apoyo del tejido
social (asociativo, movimientos sociales).
7. ESTRUCTURA DE FUNCIONAMIENTO:
- POLÍTICA (Junta Directiva elegida por la
Asamblea de Socios y sin retribución económica)
y
- TÉCNICA (Personal técnico con contrato
laboral).
8. PROGRAMACIÓN DE ACTIVIDADES: tiene
que contar con:
- PLAN DE TRABAJO (como mínimo anual) que contemple:
- La gestión conjunta de los recursos de
las administraciones miembros con destinación a proyectos
o iniciativas de solidaridad conjuntos.
- Impulsar el fortalecimiento de las iniciativas que
promuevan el desarrollo local de los países del Sur
(indistintamente de si se trata de cooperación directa
o no, y si se lleva a cabo o no a través de entidades sociales
o de administraciones locales).
- Promover el fortalecimiento del papel del poder
local y la profundización de la democracia local en el
Sur y en el Norte, y de su incidencia en el ámbito internacional.
Asimismo propiciar el acercamiento entre los pueblos.
- PRESUPUESTO: dentro del presupuesto de gastos se
debería destinar, como mínimo, el 90% de los recursos
a actividades de cooperación, sensibilización y/o
emergencia, y el 10% como máximo a gastos de gestión.
9. TRANSPARENCIA Y CONTROL DE LA GESTIÓN:
garantizada mediante la realización de una auditoría
externa anual.
10. ORIENTAR SU FILOSOFÍA Y ESTRATEGIAS
DE ACTUACIÓN EN LO QUE SE DENOMINA COOPERACIÓN DESCENTRALIZADA,
tal como se recoge en la Guía sobre la cooperación
descentralizada que la Confederación ha publicado en
la colección "Cooperación municipal al desarrollo".
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